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El pasado 10 de enero de este año fue publicado el Newsletter ¿En qué consiste la nueva Ley 21.420? https://seguros.sura.cl/blog/s/2023/01/10/en-que-consiste-la-nueva-ley-21-420 , que el 31 de mayo tuvo una modificación que se explicará en este artículo.
El 01 de enero comenzó a regir la nueva ley n°21420 en la cual cambia las prestaciones de servicios e incorporación de exenciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a sociedades profesionales y servicios médicos ambulatorios.
Este 31 de mayo se emitió la resolución n°63 que extiende, en un procedimiento extraordinario, el plazo para algunos casos como son las sociedades profesionales que tienen como plazo hasta el 31 de diciembre para inscribirse ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Ya existe un total de 10.416 contribuyentes que se han registrado en el SII como Sociedades de Profesionales, a través del procedimiento extraordinario disponible en sii.cl.
En base a lo anterior se emitió la resolución n°63 en la cual hace mención de que, para las sociedades profesionales que no se hayan inscrito ante el Servicio de Impuestos Internos, tendrán plazo hasta el 31 de diciembre cumpliendo con los requisitos que aparece en la resolución n°63.
Los efectos de esto son:
La ampliación del plazo para acogerse al Registro de Sociedades de Profesionales, hasta el 31 de diciembre de 2023.
Permitir a las sociedades de profesionales que aún no han podido implementar un sistema de facturación o de emisión de boletas no afectas o exentas, seguir emitiendo boletas de honorarios electrónica hasta el 31 de diciembre de 2023.
Otorgar la posibilidad de que aquellos colaboradores que hayan emitido documentos afectos puedan acogerse al Registro Extraordinario de Sociedades de Profesionales (procedimiento extraordinario), habiendo cumplido previamente con la obligación de haber presentado su declaración anual de renta (F22) correspondiente al año tributario 2023, manteniendo su tributación conforme a las normas de la primera categoría. (Se debe considerar que estos contribuyentes que intentaban registrarse a través del procedimiento ordinario ya se encontraban fuera de plazo, debiendo esperar al primer trimestre del 2024).
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