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ivan vega | feb. 27, 2023
El gobierno creó la Ley 21.131 como iniciativa para apoyar a las pymes, con el objetivo de promover el pago de las deudas contraídas con las pequeñas empresas y microempresas a la hora de efectuar la venta de un producto o prestar un servicio, estableciendo así el pago en un plazo máximo de 30 días.
¿Qué es la ley de pago a 30 días?
El gobierno creó la Ley 21.131 como iniciativa para apoyar a las pymes, con el objetivo de promover
el pago de las deudas contraídas con las pequeñas empresas y microempresas a la hora de efectuar la
venta de un producto o prestar un servicio, estableciendo así el pago en un plazo máximo de 30
días.
Cambios a Ley 21.131
Actualmente se realizaron algunos cambios en los artículos de esta ley, decretando plazos y regulando el no
cumplimiento de los mismos, garantizando el derecho a la aplicación de intereses por morosidad, se definieron
como cláusulas abusivas cualquier acuerdo que vulnere los derechos contenidos en la ley y por último
se incorporó el derecho a indemnización.
Para ello se modificaron las siguientes leyes:
A) Ley 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, en los siguientes
términos:
1.- Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 1º, la frase “y, en su caso, de las
modalidades de solución del saldo insoluto.”, por la siguiente: “de las modalidades de
solución del saldo insoluto, en su caso, y del plazo de pago.”.
2.- Sustitúyese el artículo 2º por el siguiente: “Artículo 2º.- La
obligación de pago del saldo insoluto contenido en la factura deberá ser cumplida de manera efectiva
en el plazo máximo de treinta días corridos contado desde la recepción de la factura.
En casos excepcionales las partes podrán estipular un plazo superior, siempre que dicho acuerdo quede por
escrito, sea suscrito por quienes concurran a él y no constituya abuso para el acreedor.
Estos acuerdos deberán:
● Ser inscritos dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a la
celebración del mismo, en un registro que llevará al efecto el Ministerio de Economía, Fomento
y Turismo, identificando a los contratantes, su rubro o actividad económica, fecha de celebración y
plazo de pago, en la forma que establezca el reglamento.
* Ante el no cumplimiento de los requisitos, se regirá como plazo máximo 30
días para el pago de facturas.
B) Ley 20.169, que regula la competencia desleal, en general, es acto de competencia desleal toda conducta contraria
a la buena fe o a las buenas costumbres que, por medios ilegítimos, persiga desviar clientela de un agente de
mercado'.
C) Ley de impuesto a la venta y servicios.
Importante:
● Esta ley aplica para todas las empresas que son emisores y
receptoras de facturas en territorio nacional, no rige para operaciones comerciales fuera del país.
● El plazo máximo de pago es de 30 días a partir del mes 25 de publicada
la ley en el Diario Oficial. Los dos primeros años el plazo de pago será de 60 días para
permitir la adaptación de las empresas a la nueva normativa. Las excepciones son posibles para casos
especiales, siempre y cuando las partes lo acuerden por escrito.
● Además de los intereses corrientes cobrados en caso de mora, se establece el
pago de una comisión fija por recuperación de pagos, equivalente al 1% del saldo insoluto adeudado. La
deuda morosa a proveedores es considerada deuda financiera en los estados financieros de las entidades
fiscalizadas.
● Para organismos del Estado, el plazo de pago es igualmente
de 30 días corridos y se puede establecer un plazo de pago de hasta 60 días en caso
de licitación o contratos.
● El incumplimiento sistemático de los plazos dispuestos en la ley es
considerado como una práctica de competencia desleal.
● La guía de despacho será
electrónica, con el fin de evitar el bicicleteo de facturas.
● La ley entrará en vigencia en el cuarto mes de publicada en
el Diario Oficial, exceptuando a los servicios de salud, Cenabast y las Municipalidades que lo harán en el
mes 29.
Si quiere saber más sobre la modificación a esta ley puedes ingresar a: